trabajos verticales en Madrid

Normativas que regulan la instalación con trabajos verticales

Todas las ventajas que brindan los servicios en altura o verticales son realmente valiosas y por ello se están convirtiendo en la modalidad más empleada para llevar a cabo rehabilitaciones de edificios desplazando al anticuado uso de andamios. Con los trabajos verticales pueden realizarse todo tipo de tareas de mantenimiento, reparación y montaje que requieren los edificios.

Ahora bien, es preciso detallar que, como todas las actividades laborales, los servicios verticales se encuentran rigurosamente legislados por una serie de normativas que garantizan seguridad durante los procesos de instalaciones verticales. Es preciso conocer el marco legal que engloban las instalaciones verticales para evitar cometer errores y otros tipos de inconvenientes.

Planificar el espacio donde se instalará sin andamios

En denominado Código Técnico recoge uno de los documentos esenciales que han de contemplarse para planificar el espacio donde se llevara a cabo una instalación vertical. Dicho manuscrito es el conocido Documento para la Seguridad Estructural y las Acciones de Edificación. En dicho escrito se incluyen las normativas europeas de 1991-1-1. Resumiendo lo establecido en tales legislaciones se considera los factores más importantes a considerar en la instalación son:

  • Señalizar el espacio: Antes de comenzar una obra vertical deben señalarse cuales serán las vías de acceso, las zonas con paso restringido, colocar mallas anti caídas de seguridad para proteger a los trabajadores en caso de que se produzca este infrecuente accidente.
  • Tener en cuenta el clima: Se deben realizar las pertinentes revisiones meteorológicas con el objetivo de conocer si resultara necesario equipar a los trabajadores de servicios verticales de vestimenta y protección apropiada para el clima.
  • Planificar los recursos: En el presupuesto establecido para la instalación no solo se deben contemplar los materiales que se utilizaran para la instalación sino también los respectivos materiales y equipos de seguridad.

Garantías relacionadas a seguridad laboral

En este apartado de las garantías laborales para la seguridad del profesional o trabajador debemos remitirnos al Real Decreto 1215/1997 en el cual se establece la deben equiparse al personal que se encuentre en riesgo laboral de los pertinentes equipos protectores y de seguridad, siendo el principal equipo en este trabajo el sistema que previene las caídas o anti-caídas.

El mecanismo anti-caído que se usan en los servicios verticales se integran de tres elementos, uno de anclaje que representa el componente que une de manera segura al empleado con el resto del sistema y está regulado por la normativa EN-795 de la línea de vida. El segundo elemento es el arnés regulado por la normativa EN-361. Finalmente, el tercer elemento es el subsistema de conexiones conformado por un mecanismo anti-caídas regulado por la EN-353-1 y 2, y el elemento retráctil regulado por la EN-360.

Contrata compañías homologadas                                                  

Como notaras existen una gran cantidad de leyes específicas para regular no solo la forma en la que deben preparase el área o zona en donde se realizara la instalación vertical, sino que además regulan los elementos que deben proporcionársele para la protección de cada trabajador y la calidad que deben tener dichos elementos de seguridad. Lo anteriormente mencionado refleja que este tipo de servicios solo puede ser ejecutado por empresas profesionales certificadas y homologadas y por ello te invitamos a que confíes en nuestra empresa, la cual cumple con cada una de las normativas vigentes.

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